lunes, 28 de enero de 2008

A Propósito De La Recaudación Tributaria

CPC. Carlos Olivos Campos


La Nota Tributaria de SUNAT publicada en septiembre 2007, nos trae una información interesante.

El número de contribuyentes inscritos ha llegado a 3 millones ochocientos ocho mil; de los cuales 910 mil cumplen con presentar su declaración jurada mensual, es decir 24% y 636 mil efectúan pagos; lo que representan sólo el 17% de los contribuyentes inscritos.

El deber de todo ciudadano con capacidad contributiva (deber de contribuir) es aportar parte de su riqueza para la financiación de actividades estatales que tiendan al desarrollo del conjunto de la sociedad; uno de los principales logros del Estado Liberal ha sido la paulatina racionalización de la imposición, a fin de que dichas necesidades sean asumidas por el grueso de la población (léase contribuyentes); es indudable que todos tenemos el deber de contribuir al sostenimiento del Estado, pero, ¿ hasta cuánto o hasta cuándo estamos obligados a hacerlo, tanto en el pago de tributos, incluyendo sus prestaciones accesorias, como con los deberes de colaboración con el fisco ?

El Principio de Igualdad Tributaria se sustenta en el hecho de que los ciudadanos nos encontramos obligados a financiar las actividades estatales de acuerdo a nuestra capacidad contributiva en base a las propias posibilidades (que por lo visto es pequeña dado los bajos porcentajes de contribución) sin distinciones ni privilegios; sin embargo, para promover la igualdad, el Estado debe seguir implantando políticas públicas tendientes a combatir todo tipo de conductas evasivas, de modo que haya una participación igualitaria en el sostenimiento de los gastos y cargas públicas.

Un estudio realizado por la CEPAL denominado Tributación en América Latina: En busca de una nueva agenda de Reformas 2007, nos informa que nuestro país, en lo que se refiere a Ingresos Tributarios con Contribuciones a la Seguridad Social periodo 1990-2004, tiene un promedio de 14.5% del PBI; Brasil 30.6%; Argentina 20.9%; Chile 17.5%; Bolivia 12.7%; Colombia 13.7%; siendo el promedio ponderado de América Latina 20.1%; no cabe duda que nos estamos rezagando en este promedio.

Insistimos en indicar de que no es posible que un sector de la población amparado en la informalidad, a pesar de beneficiarse de las prestaciones que brinda el Estado, rehuya sus obligaciones compitiendo en desigualdad de condiciones frente a quienes sí pagamos impuestos; qué pasará con ese 76% de contribuyentes que debiendo hacerlo, no pagan sus impuestos.

Para concluir, no podemos deja de mencionar, los efectos que trae en la configuración de las estructuras económicas y sociales, la existencia en nuestro país de un gran número de contribuyentes que no tributan introduciendo serias desigualdades que esperamos sea revertida lo más pronto posible.